Especialista en Derecho Deportivo explicó los detalles de la resolución del TASa favor de Alianza Lima. (Foto: Grosby)
Especialista en Derecho Deportivo explicó los detalles de la resolución del TASa favor de Alianza Lima. (Foto: Grosby)

Una nueva historia dentro del fútbol peruano. recibió la buena noticia de que regresaría a Primera División, luego de que el Tribunal de Arbitraje Deportivo ( en sus siglas en francés) resolviera ello a favor de los blanquiazules. Este fallo será acatado de manera inmediata, según indicó la Federación Peruana de Fútbol (FPF) en un comunicado. ¿Y qué pasará con el caso ?

Al respecto, el especialista en Derecho Deportivo, Marcelo Bee Selares, dio detalles a ‘Full Deporte por Depor’ de la resolución emitida por la instancia deportiva y qué escenarios le esperan para las partes interesadas. “Lo primero que podemos decir es que el Tribunal Arbitral con sede en Suiza le hace lugar al recurso de apelación que hace Alianza Lima, lo concede”, sostiene el abogado con respecto al caso del conjunto de La Victoria.

En definitiva le termina dando la razón. Además, considera que aquella vieja resolución del Tribunal de Licencias de la FPF es arbitraria, no se ajusta a derecho”, precisa el profesional. Incluso, recalca que le dan la razón al club victoriano “al otorgarle la legitimación activa”.

El segundo punto que resuelve el TAS es la resta de dos puntos a Carlos Stein. “Esto significaría, conforme al reglamento deportivo, en su momento del campeonato anterior, que este equipo tendría que jugar en la Segunda”. No solo ello, sino que la FPF debe asumir los costos procesales: “Son en concreto, los honorarios de los árbitros. Esos son los tres grandes puntos que tiene”.

¿Qué sucederá con Carlos Stein?

Tras conocerse las implicaciones del fallo del TAS, Carlos Stein emitió un comunicado donde solicitaban a la Federación que se respete el inicio del torneo. Sobre este punto, Marcelo Bee Selares manifestó que “acá hay una resolución del TAS que es de cumplimiento obligatorio, no solo inmediato, para todos los clubes que participan en la FPF”.

Por tal motivo, el club lambayecano no tendría otra alternativa que regirse bajo lo emitido por el TAS. “Esto surge no solamente del estatuto de la FIFA, artículo 58, sino del propio estatuto de la FPF, que reconoce al Tribunal de Arbitraje Deportivo como el órgano jurisdiccional superior, de carácter independiente”.

, Juan de Dios Crespo, precisó a El Comercio que “esperar a tenerlos para apelar al Tribunal Federal Suizo en este caso”. No obstante, el especialista en derecho deportivo, dio mayores alcances de lo que podría pasar de llegar a dicho tribunal ordinario.

Es de competencia sumamente restringida. No abre todos los procesos. Por ende, la posibilidad de que Stein llegue al Tribunal Suizo son muy reducidos. Las resoluciones que han sido revertidas en esta instancia no deben superar el 2%. Se producen cuando una de las partes logra demostrar que una de las partes dio el fallo de manera arbitraria”, finalizó.


Recibe : te enviaremos el mejor contenido deportivo, como siempre lo hace Depor.


TE PUEDE INTERESAR

TAGS RELACIONADOS