Los derechos de transmisión televisiva han vuelto a tomar protagonismo en el fútbol peruano. Tras la revocación de la medida cautelar, el Consorcio Fútbol Perú, es decir GOLPERÚ, a través de Alberto Beingolea, conversó con Depor para aclarar diversos puntos sobre las transmisiones de los encuentros de la Liga 1 Betsson 2023. El comentarista deportivo, también abogado, explica que con esta resolución del Poder Judicial la casa televisora puede televisar los partidos del campeonato nacional, lo que incluye a Alianza Lima.
¿Cuál es la postura del Consorcio Fútbol Perú tras la revocación de la medida cautelar?
Lo que queda claro con esto es que todos los contratos que teníamos firmados con Alianza Lima, Binacional, Cienciano y Melgar; además, todas las cláusulas de primera opción que estaban firmadas con los contratos de los otros equipos, todas ellas recuperan automáticamente vigencia. ¿Qué había ocurrido? La medida cautelar ordenaba suspender la ejecución de esos contratos. Bueno, ahora, el Poder Judicial dice que esa medida cautelar está sin efecto. Entonces, todos los contratos son nuevamente vigente. Ahí no hay nada que interpretar, solo hay que leer lo que dice la resolución. Todos esos contratos vuelven a estar vigentes, de manera que todos son ejecutables, de manera que el derecho nos ampara, vigentes, indiscutibles. Con los cuatro que te he mencionado son contratos de transmisión y con los otros son cláusulas de primera opción que deben respetarse. Todo esto está amparado en el derecho.
Lo segundo que hay que mencionar es que esta resolución judicial pone en descubierto el ‘modus operandi’ de la FPF, demuestra que nosotros teníamos razón desde el comienzo. Cuando indicamos: “oye, esta medida cautelar es por lo menos sospechosa, es irregular, ¿no es cierto? ¿Por qué? Porque no se ajusta a la normativa de la materia, porque se ha dado con una celeridad increíble, porque ha recogido con puntos y comas todo lo que quiere la federación. Esta medida cautelar no es de acuerdo con el derecho, lo dijimos desde el principio, así que lo segundo que queda claro con esta resolución judicial es que teníamos razón. Así es como actúa la federación, lamentablemente. Dicho esto, con esta resolución judicial, todos nuestros contratos tienen pena de exigencia.
Carlos Caro sostiene que ya nadie discute que los derechos de TV le pertenecen a la FPF…
Yo sí lo discuto. Los clubes lo discuten y lo hacen abiertamente bajo las medidas correspondientes. Lo discuten en la interna de la federación y se discute de manera judicial. Además, quiero aclarar cuando indica que la FPF no está en conflicto con los clubes. Espera un rato, la FPF presentó un procedimiento judicial contra los contratos que tienen firmados los clubes, por esta misma razón los clubes son litisconsortes naturales, son parte del proceso. Y dice que nadie discute los derechos, pero por supuesto. Es más, el proceso judicial del que estamos hablando, del que salieron las cautelares y todo eso, es un proceso que la propia federación comenzó pidiendo que el Poder Judicial. Ellos mismos no la tienen clara. Tú no vas a poner un proceso judicial para que te digan que es algo que tú sabes que tú tienes, ¿no? Bueno, eso es lo que está haciendo la Federación. Así que no es correcto decir que nadie discute este tema. Hay un procedimiento judicial, hoy día, discutiendo de quién son los derechos.
En los Estatutos de FIFA del 2018, para ser claros, en el artículo 67 del reglamento, sobre los Derechos en competiciones y actos, se indica que los derechos les pertenecen a las federaciones miembros. Entonces, cómo negocia el Consorcio con los clubes, al que no le pertenece los derechos, según FIFA…
Eso está bien. Eso también es algo que hay que aclarar. Históricamente fueron de los clubes. Toda la vida han sido derechos de los clubes. Cuando en la década del setenta comienzan algunas transmisiones de televisión, eran costumbres que los clubes vendieran sus derechos. No había ninguna norma que dijera lo contrario. Esto avanzó. Luego, esto se comenzó a colocar en las propias bases del campeonato. Así, desde el año 94 hay un artículo que dice, palabra más, palabras menos, en las bases del campeonato, que los derechos de transmisión son de los clubes. Es más, indica que son del club local. Ahora, la última base del campeonato que se efectúo antes de que la federación meta la mano fue en el 2018. El artículo 107 de las bases decía textualmente que la transmisión televisiva del campeonato 2018 es potestad exclusiva del club local, no de ellos. Ellos pueden alegar ahora y decir, ya, pero es que en 2019 nosotros tomamos la organización del campeonato. Ahí también hay que seguir por partes y por cucharadas. Ellos alegan de que son dueños de los derechos porque así lo dicen sus Estatutos. ¿Qué estatutos? Pregunto yo. Porque los Estatutos que ellos alegan son nulos. Hay una resolución judicial que anuló los Estatutos del 2009 y los Estatutos del 2019, irregularmente inscritos en Registros Públicos y que ahora se están discutiendo en dos procesos judiciales, se basaron en el 2009, que eran nulos. Los únicos Estatutos vigentes son, según el derecho registral en la federación, son del año 96, que no decían nada al respecto.
Hay un tercer argumento para aclarar el tema. En la hipótesis negada, que los Estatutos actuales de la federación fuesen vigentes. Ok. Yo te acabo de demostrar que hasta el año 2018, por lo menos, había un artículo que decía, con toda claridad, que los derechos eran de los equipos locales. Bueno, los contratos de televisión vienen de esa época. Claro. Entonces, por el amor de Dios, ¿de qué está hablando (la FPF)? Y esos contratos de televisión tienen una cláusula de primera opción y esa cláusula de primera opción tiene protección constitucional. Los contratos en el Perú tienen protección constitucional. Esto es algo que se pasa por alto, pero es súper importante. La libertad de contratación está consagrada en la Constitución Política del Perú, que dice inclusive que nadie, ni siquiera una ley, puede ir en contra de lo que pasa en las partes de un contrato. Me pregunto yo. Si ni siquiera una ley puede cambiar un contrato. Una ley posterior se entiende, ¿No? ¿Cómo podría hacerlo una asociación (federación)?
Ese reglamento en lo que respecta a estos contratos es inaplicable porque hay un derecho adquirido con anterioridad vía contrato, que tiene un amparo superior a la Constitución. Así que, por favor. En base a eso, los clubes firmaron contratos. Y en base a eso, hoy, los derechos de TV son cuestionables, porque están metidos en el Poder Judicial y porque son nulos. A pesar de eso, si fuese vigente, seguiría discutiendo, porque no puede vulnerar de derechos constitucionales adquiridos a través de un contrato. Eso no puede ser vulnerado. Se tendría que esperar la finalización de los contratos, que además tienen que respetar una cláusula de primera opción. Es tan sencillo como eso. Es un tema muy amplío, pero espero haberlo resumido.
Entonces, la medida de FIFA no incurre en los derechos de TV…
Te doy tres razones. Y la primera. Los Estatutos de la FIFA están siendo discutidos en Europa. El segundo, ellos, ahora, no están registrados (Junta Directiva de la FPF). No tienen asiento registrado. El tercero, aunque venga de FIFA, o de donde venga, estás en el Perú. Si tú tienes un contrato previamente firmado, ningún estatuto posterior, y tú lo has dicho bien, del año 2018, puede venir a vulnerar tu derecho contractual. Ningún club, ninguna asociación civil sin fines de lucro puede indicar que nuestro contrato no es válido porque tiene protección constitucional.
La FPF nos comenta que se aplicarán los procedimientos correspondientes si los clubes no aceptan la exclusividad de transmisión de su nuevo modelo. Cuál es la postura del Consorcio, porque los equipos podrían hasta perder la categoría…
Su respaldo no es judicial. Se cayó ese respaldo. Respaldo legal no tienen. Te lo estoy demostrando. Te puedo decir frente a esto, que nosotros siempre, siempre hemos sido escrupulosamente respetuosos de las leyes y los mandatos judiciales. Inclusive les consta. Nosotros no estábamos de acuerdo con la medida cautelar, la criticamos, la combatimos y al final nos dieron la razón, pero siempre la respetamos. Nosotros somos respetuosos de los derechos. Lo segundo es, como tú me estás diciendo, ha caído la protección judicial que tenían. Protección legal no tienen. ¿Qué tienen? El cambio de un reglamento hecho a la mitad del campeonato. Además, es debatible porque está hecho en el desarrollo del campeonato. ¿Eso no es coacción? Coacción permanente y pública. Y en la legislación peruana está prohibida la coacción. Entonces, lo dejo ahí. Ahora, ¿qué vamos a hacer nosotros? Nosotros somos muy respetuosos con las leyes. Solo puedo decir que estamos absolutamente listos para transmitir, pero vamos a respetar los procedimientos, las pautas. Sabemos que el Derecho está de nuestro lado. Estamos tranquilos.
¿En la fecha 3 del Clausura transmitirán el partido de local de Alianza Lima?
Este fin de semana vamos a transmitir el ‘Muni’ vs. Alianza, el ‘U’ vs. Sullana, el Boys vs. Cantolao. Tendremos una gran parrilla con Alianza (Lima), con Universitario, el clásico del Callao. Contentos con eso. Paso a paso.
Claro, pero en esa fecha 2, están transmitiendo los partidos de local de clubes que aún tienen contrato con el Consorcio Fútbol Perú…
Paso a paso.
¿Cuál es el siguiente paso de GOLPERÚ tras la revocación de la medida cautelar?
La transmisión del Municipal vs. Alianza, el Boys vs. Cantolao y Universitario vs. Sullana, con toda la calidad técnica que nuestro público está acostumbrado hace años. Las transmisiones que suelen hacer gol Perú. Ese es el siguiente paso.
¿Cómo es la comunicación con los clubes que estuvieron en contra del nuevo modelo de TV de la FPF?
Nuestro contacto con la gente del fútbol es desde muy atrás. Y va a continuar, por supuesto, porque GOLPERÚ llegó para ayudar al progreso del fútbol peruano. Y, de hecho, creo que nadie ha invertido tanto dinero como el que ha invertido GOLPERÚ en el fútbol peruano en todos estos años. Así que nuestro contacto es bien permanente con todos los agentes bien intencionados del fútbol del Perú.
¿Cuál es la postura del Consorcio cuando Conmebol avala el nuevo modelo de transmisiones de la FPF?
¿Esta misma Conmebol que castigó a Lozano por revender entradas? Las cosas caen por su propio peso y nosotros solo estamos con total tranquilidad. A ver, volviendo al tema inicial, esta resolución judicial, lo único que hace es dejar en claro que teníamos la razón. Y la tenemos. Y vamos con calma a ir paso a paso recuperando los derechos que siempre han sido nuestros. Y pensando además en el beneficio del fútbol peruano.
Hablando del beneficio del fútbol peruano, la FPF sostiene que el nuevo modelo de transmisión tiene una repartición más equilibrada. ¿Cuál es su opinión?
Los clubes más pequeños han recibido una importante suma de dinero de parte de GOLPERÚ que no se ha visto en otro lugar, en ningún lado de Sudamérica. La gente habla con mucha ligereza y sin información.
En resumen, le devuelven la vigencia de todos sus contratos firmados con anterioridad, inclusive las cláusulas de preferencia…
Sí Indiscutiblemente. Eso es lo primero. Segundo, es que esta resolución judicial deja en evidencia el comportamiento de la Federación Política de Fútbol (FPF). Tercero, el cambio de reglamento que ha realizado la FPF, de la cual pretende ampararse, se basa en unos Estatutos que son nulos, pero, además, están atentando contra el derecho constitucional de los clubes a que se respete su libertad de contratación, de contratos que fueron firmados antes de que ellos cambien el reglamento. Cuarto, de que el accionar de la FPF permanente es una coacción, que debería desterrarse del fútbol peruano. Quinto, aclarar dos cosas. Primero, que, aunque discrepamos, nosotros siempre vamos a ser absolutamente respetuosos de la ley y de las órdenes judiciales, y que, al paralelo a eso, nuestro equipo de producción no ha parado de trabajar nunca. Y estamos, por supuesto, listos para hacer las transmisiones que históricamente hemos hecho en beneficio de la teleaudiencia peruana, con la calidad que la gente recuerda.
Entonces, van a transmitir también los partidos de los otros clubes, como de Sporting Cristal…
Solo voy a decir que nosotros tenemos el derecho.
Se realizará una demanda en contra de Sporting Cristal y los otros clubes por no respetar la cláusula de preferencia de la que habla…
Tenemos el derecho. Nada más. El contrato firmado establece claramente cuáles son las consecuencias que hay al no ser respetado. No voy a decir nada más.
De asentarse correctamente la Junta Directiva de la FPF, ¿cambia el escenario?
Para hacer eso posible, para tener una directiva válida, es convocar una Asamblea de Bases con el Estatuto de 1996.
¿Eso no afectaría a nivel internacional al fútbol peruano? FIFA exigía en 2018 a todas sus federaciones miembros alinearse al nuevo Estatuto, donde los derechos de TV le pertenecen a las federaciones…
Correcto, pero eso que exigió la FIFA no podía ir en contra de la legislación peruana. Y además lo hizo con un desconocimiento total. ¿Cuál fue el desconocimiento? Cuando se falló, no se sabía que los Estatutos del 2009 eran nulos. Ahí también se cambia el Estatuto. Eso es impugnado, se abre un proceso contencioso administrativo, un proceso judicial y finalmente, la orden judicial indicaba que esos Estatutos eran inválidos y que se anula la inscripción del registro. Eso está inscrito en los Registros Públicos. Esa inscripción es nula. No existe. A partir de ahí, vivimos una vía crucis, que nunca logró registrarse. Cuando se produce la pelea de 2018, el TAS le dice en 2019 que esos Estatutos eran nulos y que vuelva a convocar una Asamblea basándose en los Estatutos del 2009. El TAS cometió un error, la FPF no informó, el TAS no tenía cómo saberlo, que esos Estatutos eran nulos y debieron decirle en base al de 1996. Pero la FPF no dijo nada, se cayó la boca. Es decir, los nuevos Estatutos son nulos. Nacieron con nulidad.
¿Hay posibilidad de que de repente haya una conversación entre la FPF, 1190 Sports y Consorcio para poder llevar adelante las transmisiones y en conjunto?
No te puedo responder eso.
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