Óscar Romero, presidente de la ADFP (Asociación Deportiva de Fútbol Profesional), se refirió al panorama de los derechos de televisión de los clubes de la Liga 1 luego de que la FPF (Federación Peruana de Fútbol) demandara al Consorcio Fútbol Perú en la justicia ordinaria. Según el directivo, esto está prohibido y el máximo ente de nuestro balompié recibiría una sanción por parte de la FIFA. Además, advirtió el mejor y peor escenario de lo que podría pasar con el campeonato del próximo año.
La FPF llevó el problema de los derechos de televisión a la vía judicial, ¿posee sustento legal o jurídico para tener la razón?
El estatuto FIFA le prohíbe a la FPF ir a la justicia ordinaria. Y lo que ha hecho la FPF, a pesar de que su estatuto señala que es supuestamente la titular de los derechos de televisación, ha interpuesto una demanda de declaración judicial. ¿Qué significa? Que le pide al Poder Judicial la declare titular de los derechos televisación; es decir, no es la titular de esos derechos. Es más, pide que después de que se le declare titular de los derechos de televisación, el Poder Judicial también declare ineficaces los contratos a partir del 2018 suscritos entre los clubes y el operador de televisión; es decir, ahorita, hasta que no defina nada el Poder Judicial mediante sentencia, los contratos son eficaces y no es la FPF la titular de los derechos. Es contradictorio.
¿Por qué no se someten los clubes a la FPF?
Muchos de ellos tienen contratos vigentes con el Consorcio hasta el 31 de diciembre del 2022, y otros hasta el 2025; además de cláusulas de preferencia que tienen que cumplir dentro de ese contrato. Por eso es que han renovado. Nos parece contradictorio que la FPF, a pesar de que el estatuto FIFA no solo le prohíbe, sino también puede ser sancionada, haya ido a la justicia ordinaria.
¿Qué sanción le correspondería a la FPF?
El artículo 59 del estatuto FIFA establece que están prohibidas a las federaciones, confederaciones, clubes y demás agentes que pertenezcan al sistema fútbol acudir a la justicia ordinaria. En el 2016, la Corte Suprema de Uruguay realizó una consulta a la Comisión Jurídica Iberoamericana para establecer si procedía que las federaciones se acojan a la justicia ordinaria y señalaron que no. Los jueces de la justicia ordinaria no pueden formar parte de la justicia deportiva. Para el fútbol, todos sus miembros deben someterse a la justicia deportiva, una parajusticia o la justicia arbitral. La sanción va desde la amonestación, una llamada de atención, apercibimiento y hasta un castigo económico.
¿No hay riesgo de desafiliación?
No. Si la sanción ocurriese, lo que le correspondería a los clubes sería ir a la justicia ordinaria o a una vía arbitral para buscar una indemnización por daños y perjuicios contra la FPF. Lo que dice la FPF es que si no firmas mi carta de conformidad y no reconoces mis derechos de televisación, no vas a participar en la Liga 1 del próximo año. Pero, la FPF ya sometió este tema por la vía judicial. Ya no puede obligar a los clubes a firmar las cartas de conformidad ni condicionar su participación en el torneo. Tampoco puede mandarlos al descenso. Tenemos que esperar la sentencia del Poder Judicial, que será finalmente el que decida.
¿Quiere decir que los clubes están en potestad de participar en la Liga 1-2023 mientras esto se resuelve por la vía judicial?
Efectivamente, esa es la interpretación. El artículo 139 de la Constitución dice que cuando uno ya sometió una demanda al Poder Judicial, no hay autoridad pública ni privada que pueda interferir en esto. Solo el Poder Judicial, mediante sentencia, dará su decisión. Entonces, la FPF al hacer eso, no puede pronunciarse de otra forma. Los clubes estarían en la libre disposición de participar en el campeonato del próximo año.
¿Cree que la FPF ha sido mal asesorada?
Por supuesto. El abogado o quien los haya asesorado lo ha hecho erróneamente, sin conocimiento de la norma deportiva de la FIFA.
¿Esta demanda que la FPF ha interpuesto en la vía judicial es contra los clubes o contra el Consorcio Gol Perú?
Ese es otro tema. Lo ha hecho contra el Consorcio de televisión. Para yo demandar a una persona natural o jurídica, previamente tengo que ir a una conciliación; es decir, indicarle: ‘los derechos son míos, no te metas’. Si no conciliamos, allí con esa acta de conciliación extrajudicial me voy al Poder Judicial a demandar. Eso no ha habido. ¿Acaso el operador de televisión está reclamando la titularidad de los derechos de televisión? No. Está comprando los derechos para poder televisar los partidos de fútbol. Los que son los titulares son los propios equipos. Entonces, debió demandar a los clubes.
¿Por qué no lo ha hecho?
Porque es peor. Hubiera sometido a sus propios miembros también a la justicia ordinaria, prohibido por FIFA. Lo que ha hecho la FPF es someterse a sí misma a la jurisdicción ordinaria, pero ya con eso cayó ante una posible sanción por parte de Conmebol o FIFA.
¿Cómo afecta esta situación al inicio del torneo previsto para el 13 de enero?
Debería seguir normal. Hasta que no haya una sentencia de pronunciamiento del Poder Judicial, todo sigue igual. Salvo que la Federación quiera presentar una medida cautelar y decir: ‘los que no cumplen conmigo, no juegan’. El problema es que las medidas cautelares también están prohibidas por el estatuto FIFA.
¿Qué pasaría si la FPF no deja jugar a los clubes?
Primero, que los clubes no puedan cobrar derechos de televisación. Segundo, la FPF ha dicho que bajará a los clubes a la Liga 2. Este torneo no tiene pago por derechos de televisión. ¿Y qué conlleva esto? Que mañana los clubes no tengan dinero para pagar a sus trabajadores, que son los futbolistas. ¿Se da cuenta del problema social que causaría? Miles de personas, familiares que dependen de ellos, se quedarían sin recibir un sustento. Eso no mide la FPF.
Si el problema ha llegado hasta acá, ¿qué corresponde hacer?
Que todos los clubes jueguen la Liga 1-2023 hasta que el juez resuelva de quién es la titularidad de los derechos. Y cuando resuelva eso, esa sentencia va hacia adelante, no hacia atrás. Entonces, tendrían que cumplirse los contratos de los clubes y recién allí ver cómo se manejaría la titularidad de los derechos de televisación.
¿Cuánto tiempo tardaría esta resolución?
Mínimamente, dos años. Pero como sabemos, la carga procesal en el Poder Judicial para resolver temas implica más tiempo.
La Conmebol ha respaldado hace poco a la FPF sobre el tema de derechos de televisión...
Deportivamente, sí. Yo le pediría al señor presidente Alejandro Domínguez que se pronuncie sobre lo cometido por la FPF al llevar este tema a la justicia ordinaria. Si el señor Domínguez respalda a su Federación y cree en la normatividad del estatuto FIFA y la FPF, entonces hace rato debería haber pedido que se abra un proceso disciplinario al presidente de la FPF, Agustín Lozano.
¿Hay una vía alterna para resolver este problema entre clubes y FPF?
Sí, mediante una transacción extrajudicial; es decir, que todos resuelvan y firmen un acta, con la FPF, los clubes y la agremiación de futbolistas. Que dejen jugar sus campeonatos hasta que resuelvan los derechos de televisación.
Si el escenario ideal es que el campeonato del próximo año se juegue normalmente, ¿cuál sería el peor escenario?
Que no dejen jugar a los clubes que renovaron su contrato con el Consorcio o que los baje a la Liga 2. Acá va a jugar un papel preponderante e importante la agremiación de futbolistas, porque esto afecta directamente al trabajador profesional que es el futbolista.
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