Reimond Manco jugó 8 partidos con camiseta de Binacional y no anotó ningún gol. (Foto: GEC)
Reimond Manco jugó 8 partidos con camiseta de Binacional y no anotó ningún gol. (Foto: GEC)

Esta semana se desvinculó de , luego de que denunciara una serie de malos tratos por parte del club hacia sus jugadores. Esta situación no es la única en el mundo. Debido a la pandemia del coronavirus, muchos equipos han comenzado a despedir parte o el total de su plantilla, debido a falta de fondos.

Este panorama ha hecho que la FIFA flexibilice sus normativas, con el objetivo de ayudar a los equipos y a los jugadores que quedaron desempleados. Se trata de tres enmiendas regulatorias transitorias, las cuales fueron aprobadas por el Bureau del Consejo este jueves 11 de junio.

La primera y más resaltante es sobre la inscripción de jugadores. “A fin de evitar problemas relativos a futbolistas desempleados, los jugadores podrán inscribirse en un máximo de tres clubes y jugar partidos oficiales en tres clubes en la misma temporada”, manifiesta el documento, publicado por la FIFA.

De este modo, todos los jugadores que hayan empezado el Torneo Apertura con un club (caso Reimond Manco) y que hayan terminado su relación contractual, podrán inscribirse hasta en dos equipos más (dependiendo el caso), a fin de que no pierdan continuidad esta temporada.

¿Cuáles son las otras enmiendas publicadas este jueves por la FIFA?

- Con el objetivo de dar prioridad a que los clubes finalicen la temporada 2019/20 con su plantilla original, de ofrecer flexibilidad y de permitir a las FM planificar el calendario futbolístico, aquellas FM cuyas temporadas se disputan en dos años diferentes podrán iniciar el «primer periodo de inscripción» de la temporada 2020/2021 antes de terminar la temporada 2019/20, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

- Al objeto de paliar el impacto económico para las partes implicadas en disputas ante la FIFA, en el caso de las demandas presentadas entre el 10 de junio y el 31 de diciembre de 2020 (ambos días incluidos) no se requerirá el pago anticipado de las costas ni se aplicarán costas procesales. En el caso de las demandas presentadas antes del 10 de junio de 2020 sobre las que no se haya emitido una decisión todavía, el importe máximo de las costas procesales será equivalente a cualquier anticipo de las costas que se haya abonado.

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