Esta ley se encuentra en la fracción IX, apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Artículo 12 de la Ley Federal de Trabajo. Las empresas en México cumplen con repartir las utilidades como parte de uno de los derechos correspondientes hacia sus trabajadores en todo el país que conforman la entidad.
En la Carta Magna se establece que el porcentaje a repartir entre los colaboradores de una empresa se determina por medio de “una Comisión Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del Gobierno”, indica el apartado.
Para este 2022, los trabajadores deberán saber que el ‘Reparto de Utilidades’ se paga el 10% de las ganancias reportadas por una empresa, según su última declaración fiscal.
¿Quién tiene derecho a recibir el pago de utilidades?
Todas las trabajadoras y trabajadores, excepto:
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Socios o accionistas
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda
- Prestadores de servicios profesionales
¿Cómo se dividen las utilidades?
Las utilidades se dividirán en dos partes iguales. La primera parte se reparte de manera equitativa entre todos los trabajadores con relación a los días laborados por cada uno en el presente año. Esto será independiente de sus salarios. La segunda se repartirá en proporción a las remuneraciones que percibió en el mismo periodo.
Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
¿Qué días se consideran como laborados para el reparto de utilidades?
Todos aquellos que por disposición de ley, contrato individual o colectivo y de Reglamento Interior, el trabajador perciba su salario aún cuando no labore, tales como: Incapacidades temporales por riesgo de trabajo. Periodos prenatales y posnatales. Descanso semanal, vacaciones y días festivos. Permisos con goce de sueldo.
¿Quiénes no reciben pago de utilidades?
- Los trabajadores que se encuentren en una empresa que esté en su primer año de funcionamiento.
- Los trabajadores de empresas dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Los directores, administradores y gerentes generales de cualquier empresa.
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