El Poder Ejecutivo anunció este viernes que ha decidido ampliar durante setiembre la medida de inmovilización obligatoria total los domingos decretada para intentar frenar el avance del nuevo coronavirus en el país.
Asimismo, dispuso la ampliación del estado de emergencia y la cuarentena focalizada hasta el 30 de septiembre para mitigar el avance del nuevo coronavirus (COVID-19) en el país.
En dicho contexto, ¿qué sucederá con el reparto a domicilio que viene siendo realizado por los restaurantes?
El Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM, publicado este viernes en edición extraordinaria de El Peruana, detalla lo siguiente:
“Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)”.
De este modo, el Gobierno ha decidido mantener las operaciones de delivery por parte de los negocios de comida que ya venía funcionando desde el domingo 16 de agosto.
Lista de actividades autorizadas a operar en los domingos
La inmovilizacion obligatoria se exceptúa para el personal dedicado a estas actividades:
- Servicios de abastecimiento de alimentos
- Salud y/o medicinas
- Farmacias, droguerías y boticas
- Servicios financieros (bancos)
- Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)
- Continuidad de los servicios de agua y saneamiento
- Energía eléctrica
- Gas y combustibles
- Telecomunicaciones y actividades conexas
- Limpieza y recojo de residuos sólidos
- Servicios funerarios
- Transporte de carga y mercancías y actividades conexas
- Transporte de caudales, según lo estipule el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
- Actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas