La norma modifica la ley de productos farmecuticos para que se pueda emplear vacunas en fase III.  (Foto: Hugo Curotto/GEC)
La norma modifica la ley de productos farmecuticos para que se pueda emplear vacunas en fase III. (Foto: Hugo Curotto/GEC)

El Gobierno peruano del presidente Francisco Sagasti promulgó este viernes la ley que garantiza el acceso a tratamiento del (COVID-19) y otras enfermedades pandémicas, la cual había sido aprobada por el Congreso de la República este mes por 97 votos a favor.

La señala que serán considerados como “bien esencial” los medicamentos y vacunas que permitan curar el coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19), así como los que se empleen para emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias.

Asimismo declara “de utilidad, necesidad pública e interés nacional” la adquisición y distribución de medicamentos y vacunas para el tratamiento curativo y preventivo del COVID-19; así como de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la OMS.

La norma también destaca que la distribución, comercialización y disponibilidad de medicamentos y vacunas del coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19) “serán gratuitas y universales para todos los habitantes del país”. Sin embargo, su uso no será obligatorio para la población.

Modifica Ley de productos farmacéuticos

Además, la disposición modifica la Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a fin de otorgar registro sanitario condicional por un año a los medicamentos y productos biológicos con estudios clínicos en fase III con resultados preliminares, en la prevención y tratamiento de enfermedades gravemente debilitantes o potencialmente mortales.

Esta modificación permite el uso de vacunas que hayan finalizado esta fase de estudios a fin de acelerar el proceso de compra y distribución de las dosis que permitirán inmunizar a la población.


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