Bajo el Título 8 aumentarán las deportaciones exprés desde la frontera de Estados Unidos  (Foto: AFP)
Bajo el Título 8 aumentarán las deportaciones exprés desde la frontera de Estados Unidos (Foto: AFP)

y las autoridades estadounidenses retomarán la aplicación del Título 8, que rige en la política migratoria desde hace décadas. Aunque algunos creían que las cosas mejorarían, la Casa Blanca ya adelantó que “será más difícil” poder ingresar a Estados Unidos porque habrá medidas más estrictas, como las expulsiones exprés.

En tres años, bajo el Título 42, que se creó en marzo de 2020 debido a la amenaza de la pandemia por el COVID-19, se ha expulsado más de 2.8 millones de veces a personas que intentaron cruzar la frontera desde el lado mexicano, algunas en repetidas ocasiones, según la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

La Organización Mundial de la Salud OMS, los primeros días de mayo, anunció el fin de la emergencia sanitaria global. Por lo tanto, el Título 42, creado por un tema de salud pública, ya no tendrá razón de ser ni efecto: el COVID-19 ya no es una amenaza. Desde el 12 de mayo se empezará a aplicar el Título 8 y aquí te contamos de qué se trata.

¿QUÉ ES EL TÍTULO 8?

El Título 8 tiene décadas de antigüedad. Se trata de una disposición migratoria que permite expulsar a todo aquel que entre a Estados Unidos sin una visa o documentación requerida. Además, los migrantes corren el riesgo de enfrentar sanciones y consecuencias más graves.

Las personas que crucen la frontera suroeste de Estados Unidos sin autorización o sin haber utilizado una vía legal, y sin tener programada una hora de llegada a un puerto de entrada, se presumirá que no reúnen los requisitos para obtener asilo, salvo que se aplique una excepción. Si se les expulsa, se les prohibirá volver a entrar en el país durante al menos cinco años y podrán ser objeto de enjuiciamiento penal por intento reiterado de ingreso ilegal”, indica publicado el 10 de mayo en la página del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. (DHS, por sus siglas en inglés).

La transición de vuelta a la tramitación del Título 8 para todas las personas halladas en la frontera será efectiva inmediatamente desde el 12 de mayo, cuando se levante la orden del Título 42. Como parte de las expulsiones exprés, se aumentará el número de vuelos semanales de expulsión, duplicando o triplicando el número de vuelos para algunos países.

Un migrante venezolano George, de 5 años, se para junto a los barrotes del muro fronterizo en Ciudad Juárez, estado de Chihuahua, México (Foto: Herika Martínez / AFP)
Un migrante venezolano George, de 5 años, se para junto a los barrotes del muro fronterizo en Ciudad Juárez, estado de Chihuahua, México (Foto: Herika Martínez / AFP)

¿QUÉ MEDIDAS SE APLICARÁN CON LA CANCELACIÓN DEL TÍTULO 42?

De acuerdo con información proporcionada por el, estás son algunas medidas que se aplicarán desde el 12 de mayo:

  • Una vez finalizado el Título 42, las autoridades migratorias implementarán el Título 8, la medida que en el pasado ha regulado la inmigración en EE.UU.
  • EEUU también ampliará el uso de la aplicación CBP One para migrantes que se encuentren en el centro y norte de México, con el fin de que tengan acceso al calendario de citas y programen una entrevista con un funcionario de migración. Actualmente, la plataforma está abierta para migrantes en la frontera esperando a ser procesados. Bajo el nuevo sistema, los no ciudadanos tendrán más tiempo para solicitar citas y, si se les asigna una cita, tendrán más tiempo para confirmarla.
  • El DHS y el Departamento de Justicia (DOJ) publicarán una norma definitiva para animar a las personas a utilizar esas vías legales en lugar de intentar ingresar en Estados Unidos entre los puertos de entrada sin autorización previa a lo largo de la frontera suroeste.
  • Desde el 12 de mayo se establecerán centros de procesamiento en el continente. En principio se abrirán en Guatemala y Colombia, pero se podrán extender a otros países para establecer facilidades adicionales. Los migrantes tendrán una evaluación inicial con especialistas para ser referidos a programas de reasentamiento de refugiados y otras vías legales de llegada a EEUU.
  • El programa de parole humanitario, que establece un permiso de llegada y permanencia por dos años en EEUU a venezolanos, cubanos, nicaragüenses y haitianos, continuará una vez termine el Título 42. El límite de aplicaciones aprobadas al mes permanecería en 30,000.
  • Se condicionará la elegibilidad de asilo para los migrantes, que se “implementará rápidamente” una vez termine el Título 42. Esta medida establece que las personas que eluden las vías establecidas disponibles para la inmigración legal, como el parole humanitario, serán inelegibles para el asilo.
  • El gobierno estadounidense busca invertir en países de la región para que “las personas no tengan que abandonar sus hogares en primer lugar”, indicó el secretario de Estado, Antony Blinken. Entre las inversiones señaló 4,200 millones de dólares en fondos al sector privado en el norte de Centroamérica, con los que anticipan crear empleo, acceso a financiamiento, capacitación y educación a jóvenes.
  • Envío de autoridades panameñas, colombianas y estadounidenses al Darién para mejorar la seguridad de esta región y erradicar las redes criminales de contrabando.

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